Los consejeros de seguridad están obligados a redactar un informe anual, dirigido a la empresa, sobre las actividades de transporte de mercancías peligrosas de la empresa a la que están adscritos.
El plazo de presentación de los informes, por parte de la empresa, comienza el 1 de enero y finaliza el 31 de marzo del año siguiente a la actividad.
Deberá conservarse copia del informe remitido durante 5 años.